Trámites y requisitos para casarse en España
En este artículo te cuento todo lo que necesitas saber sobre casarte por lo civil o por la iglesia en España.
¿Te casas en España y no tienes ni idea de los requisitos que se necesitas para formalizar dicho enlace? ¡No problem! Estas en El Blog de Frank Palace y en este artículo te voy a resolver todas tus dudas, tanto si tu boda es civil como religiosa.
Estos dos tipos de celebraciones tienen muchas diferencias pero no tantas en el aspecto legal. Aunque existen documentos que se pueden diferenciar entre ambos tipos.
Empezamos,
Expediente matrinonial
Empezamos con el expediente matrimonial, el punto de partida de una boda, sin este expediente no se puede celebrar de manera válida ninguna boda civil o religiosa. Incluye los datos de los contrayetes y del día de la boda como la fecha, tipo de celebración, lugar de celebración, etc.
Registro civil
El Registro Civil es el epicentro del matrimonio. Es el organismo en el que te debes inscribir para realizar un control de legalidad en cualquier acto relativo al estado civil de las personas. Tienes que tener en cuenta que si la pareja viven en diferentes municipios antes de la boda, tienes que elegir uno de ellos para presentar los documentos e inscribir el matrimonio después de la ceremonia.
En las ceremonias civiles, el lugar de la celebración no tiene por qué ser el mismo en el que se encuentre el Registro Civil, pero deberá tener la presencia del Juez Encargado del Registro Civil, Jueces de Paz, Alcalde, Concejal o Notario.
Después de la celebración, el matrimonio deberá acudir al Registro Civil de nuevo e inscribir el matrimonio, a no ser que lo haga mediante notario, en este caso el notario se encarga de todo.
En cuanto a las bodas religiosas, el párroco es el que se encarga de todos estos asuntos. Primero une el matrimonio y a ese consentimiento se le da validez a efectos civiles. El párroco se encargará de todo el tema administrativo como comunicarlo al Registro Civil para inscribir el matrimonio.
Es importante que sepas que en el ámbito civil, los contrayentes puedes ser solteros, divorciados o viudos. Lo contrario que en el ámbito religioso que solo acepta a contrayentes solteros o viudos, pero no divorciados.
Requisitos para casarse en España
Estar en pleno derecho de facultades psíquicas para dar su consentimiento.
Ser mayor de edad o menor, mayor de 16 años emancipado y no estar casado.
No se podrán casar parientes en línea recta por consanguinidad o adopción (padres e hijos) ni los colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado (hermanos o tíos y sobrinos).
No estar condenado por muerte dolosa, tanto por autoría como participación de ninguna de las anteriores parejas o cónyugues.
Documentos necesarios para casarse
Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
Certificado de nacimiento
Certificado de residencia o empadronamiento.
Declaración jurada del estado civil de los cónyuges. El formulario aparece en la instancia que se debe cumplimentar en el mismo Registro Civil o presentar en la Notaría.
Instancia del Registro Civil firmada por ambos.
Entregar la partida de bautismo de los contrayentes. Puedes recogerla en la parroquia en la que fuiste bautizada/o. Solo en ceremonia religiosa.
Fotocopia del libro de familia.
En caso de estar divorciado, certificado literal de matrimonio con la correspondiente inscripción marginal de disolución del mismo.
En caso de estar viudo, certificado de matrimonio que expide el Registro Civil y el Certificado literal de defunción del cónyuge anterior.
Certificado literal de nacimiento y certificado de fe y estado, en el que acredita que una persona esta viva e indica su estado civil. Lo puedes conseguir en el Registro Civil.
Ir acompañados de dos testigos que no sean familiares. Si la boda es religiosa, la iglesia llamará a estas personas para realizar la toma de dichos, en la que buscan confirmar que ambos contrayentes no están casados y que lo hacen libremente.
Para personas extranjeras:
Certificado plurilingüe de nacimiento.
Certificado de empadronamiento o residencia de los dos últimos años.
Fotocopia del pasaporte, permiso de residencia o NIE.
Certificado de capacidad matrimonial o estado civil.
En caso de ser divorciado, certificado de matrimonio plurilingüe con inscripción del divorcio, así como sentencia de divorcio debidamente traducida.
En caso de ser viudo, certificado plurilingüe del primer matrimonio y certificado plurilingüe de defunción del cónyuge.
Infórmate en el Registro Civil de tu localidad.
Y hasta aquí los trámites para casarse en España. Espero que te haya gustado este post y que sigas con nosotros. Para que no te pierdas nada de nuestro blog, estar informado de las noticias y consejos de bodas y fotografía, ver bodas completas, sesiones por toda Europa, descuentos y promociones de nuestras sesiones y tienda online, subscríbete a mi newsletter dejando tu email al final de esta página.
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